El Gobierno prorrogĂł hasta el 31 de diciembre el plazo para que los organismos y empresas estatales finalicen la rescisiĂłn de contratos con empresas en las que el Estado tenga participaciĂłn o que dispongan ventajas y beneficios exclusivos en la provisiĂłn de bienes y servicios para la AdministraciĂłn pĂşblica.
La medida fue oficializada a travĂ©s del Decreto 591/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el Ministro de DesregulaciĂłn y TransformaciĂłn del Estado, Federico Sturzenegger. De esta manera, se extienden los plazos establecidos previamente por el Decreto 747/2024, cuya vigencia finalizarĂa el prĂłximo 22 de agosto.
El mismo suprimiĂł normas anteriores que obligaban a los organismos nacionales a realizar operaciones exclusivamente con determinadas entidades estatales. EspecĂficamente, quedaron sin efecto los decretos que establecĂan, por ejemplo, la obligaciĂłn de pagar haberes a empleados pĂşblicos exclusivamente a travĂ©s del Banco de la NaciĂłn Argentina. La decisiĂłn habĂa sido sintetizada en el Decreto 1187/2012. Para avanzar con el cambio, el pasado mes de abril el Gobierno adjudicĂł a once bancos la posibilidad de brindar el servicio de apertura, gestiĂłn y mantenimiento gratuito de cuentas sueldo mediante la DecisiĂłn Administrativa 9/2025 de la Jefatura de Gabinete.
La nómina de entidades seleccionadas como proveedores incluyó al Banco Credicoop, Banco Patagonia, Banco Santander, Industrial and Commercial Bank of China (ICBC), Banco Galicia, BBVA, Banco Macro y Supervielle. En este sentido, el Poder Ejecutivo instruyó “a las referidas jurisdicciones y entidades a que confeccionen los términos de referencia, tomando en consideración los parámetros contemplados en el Pliego para la elaboración del plan de trabajo y, evaluarlos priorizando sobre los servicios básicos ya comprendidos los mayores beneficios que puedan obtenerse para el personal estatal, entre los que deberá considerarse especialmente, por su conveniencia, el otorgamiento de préstamos hipotecarios a tasas preferenciales”.
La normativa tambiĂ©n dejĂł sin efecto el Decreto 1189/2012, que establecĂa la adquisiciĂłn de combustibles y lubricantes Ăşnicamente en YPF S.A.; el 1191/2012, que ordenaba contratar viajes aĂ©reos solo por AerolĂneas Argentinas S.A., Austral LĂneas AĂ©reas Cielos del Sur S.A. y Optar S.A. A su vez, derogĂł el requisito de contratar todos los seguros estatales con NaciĂłn Seguros S.A. determinado bajo el Decreto 823/2021. A raĂz de este Ăşltimo, saliĂł a la luz un entramado de corrupciĂłn que involucrĂł al expresidente Alberto Fernández, junto al productor de seguros HĂ©ctor MartĂnez Sosa, esposo de su secretarĂa de confianza, MarĂa Cantero. Por estos dĂas, la Cámara Federal de Comodoro Py se encuentra definiendo el procesamiento de Fernández en la causa.
La Administración actual calificó de “nefasta” la medida que impulsó el ex jefe de Estado y sostuvo: “Tan grotesco era el sistema que se contrataba a un “broker” para que logre una contratación que era obligatoria por ley”. “Todos estos decretos implicaban una transferencia de recursos del contribuyente a estas empresas. Eso se acabó”, concluyó.
El origen de la presente medida se basa en el Decreto 70/2023, el cual dispuso que las empresas en las que el Estado nacional figura como accionista no obtendrán privilegios ni prioridad en las contrataciones, compras de bienes y servicios, ni en ningĂşn vĂnculo jurĂdico con el sector pĂşblico.
La reciente renovaciĂłn de los plazos responde a la complejidad de la transiciĂłn y la puesta en marcha de nuevas licitaciones nacionales. Por tanto, el Ejecutivo resolviĂł mediante el Decreto 591/2025 extender el plazo de adaptaciĂłn hasta el Ăşltimo dĂa del corriente año.
“Facúltase a la autoridad de cada jurisdicción que resulte competente que haya celebrado contratos en el marco de los Decretos Nros. 1189/12, 1191/12 y 823/21 a ampliarlos y/o prorrogarlos, en los casos en los que lo estime conveniente, hasta el 31 de diciembre de 2025″, señala el documento.