Un diputado del PRO presentĂł en la Cámara baja un proyecto que tiene como objetivo liberalizar el marco normativo vigente para la actividad inmobiliaria. Entre otros puntos propone eliminar requisitos legales considerados restrictivos, como la obligatoriedad de matrĂcula y tĂtulo universitario, y habilita a cualquier persona mayor de edad a participar del mercado inmobiliario sin necesidad de inscripciĂłn en registros profesionales.
En lĂnea con lo que han manifestado miembros del Gobierno, como Federico Sturzenegger, en los fundamentos del proyecto se advierte que la legislaciĂłn vigente consolida un “monopolio en favor de los colegios profesionales” que restringe el acceso al mercado, encarece los costos y limita la innovaciĂłn. En ese sentido, se retoman experiencias exitosas de liberalizaciĂłn econĂłmica como el Real Decreto-ley 4/2000 de España y los sistemas de Estados Unidos y Nueva Zelanda.
Ya en febrero de este año desde la cartera de DesregulaciĂłn habĂan dejado trascender que el presidente Javier Milei evaluaba firmar un decreto que ya no sea obligatorio estar colegiado para ofrecer servicios inmobiliarios y que existan nuevos agentes dedicados a la actividad a los que se les exija una capacitaciĂłn pero no la colegiaciĂłn obligatoria.
Entre los objetivos declarados en el proyecto se destacan “garantizar la libertad de ejercicio comercial”, “promover la competencia leal e innovaciĂłn”, “respetar la autonomĂa de las partes” y “fomentar la libertad contractual”. SegĂşn el texto, los cambios propuestos contribuirĂan a reducir los costos para los consumidores, facilitar el ingreso de nuevos actores y modernizar el sector inmobiliario mediante la adopciĂłn de nuevas tecnologĂas.
El artĂculo 2 del proyecto de “Ley de Libertad Inmobiliaria”, presentado por Alejandro Bongiovanni, modifica la Ley 25.028 y establece que ya no será necesario contar con un tĂtulo universitario para operar como intermediario inmobiliario. En ese sentido, el artĂculo 3 elimina la obligaciĂłn de inscribirse en una matrĂcula profesional, aunque mantiene la opciĂłn de hacerlo de manera voluntaria, sin limitaciones geográficas. De este modo, cualquier persona que cumpla con ciertos requisitos administrativos podrá ejercer la actividad en todo el territorio nacional.
Otro de los ejes centrales de la iniciativa es la restricciĂłn de las funciones de los colegios profesionales. La nueva redacciĂłn del artĂculo 4 de la Ley 20.266 señala que la matrĂcula profesional podrá ser gestionada por entidades privadas o cámaras sectoriales, excluyendo la intervenciĂłn del Estado en su regulaciĂłn y supervisiĂłn. Asimismo, se eliminan las sanciones administrativas por parte de autoridades colegiadas, y se establece que cualquier conflicto deberá resolverse exclusivamente en el ámbito de la Justicia ordinaria.
En tanto, el artĂculo 6 prohĂbe a entidades privadas o estatales la creaciĂłn de legajos personales con efectos jurĂdicos sobre los intermediarios, y el artĂculo 7 habilita el ejercicio de la actividad sin limitaciones territoriales, derogando la obligaciĂłn de reinscribirse en distintas jurisdicciones.
Por otro lado, el proyecto propone la eliminaciĂłn de los aranceles mĂnimos y honorarios fijos. En concreto, el artĂculo 9 establece que los intermediarios podrán pactar libremente sus comisiones con las partes, sin sujeciĂłn a tarifas establecidas por organismos pĂşblicos o privados. TambiĂ©n se reconoce el derecho a recuperar gastos previamente acordados con el vendedor.
Hasta el momento, el proyecto no ha sido debatido en comisiones ni cuenta con dictamen. Su presentaciĂłn se inscribe en un contexto de iniciativas legislativas orientadas a desregular sectores de la economĂa, y podrĂa generar resistencias por parte de los colegios profesionales y sectores vinculados a la regulaciĂłn tradicional del mercado inmobiliario. La iniciativa plantea un cambio estructural en las reglas de juego del sector, con implicancias jurĂdicas, econĂłmicas y sociales que serán eje de discusiĂłn en el Congreso.